CON DURAS CRÍTICAS A LA FISCAL JORGELINA SOBH
La fiscal Jorgelina Sobh consideró que había «falta de tipicidad». La Justicia le pidió que tenga «mirada de género».
La jueza de Control de Garantías de la Sexta Circunscripción Judicial, Corina Pérez, no hizo lugar al requerimiento de desestimación y archivo de la causa por supuesto abuso sexual en contra del actual presidente del Concejo Deliberante de Icaño, Franco Carletta (FT), solicitado por la fiscal de Instrucción, Jorgelina Sobh, a quien cuestionó duramente por su labor al frente de la instrucción de la causa.

Se trata del segundo revés judicial en menos de 72 horas para Carletta, ya que esta semana la misma jueza ordenó la elevación a juicio de otra causa en la que está imputado por violencia contra una de sus hijas (ver aparte).
El pedido de desestimación por presunta “falta de tipicidad” generó el inmediato rechazo de la querella y grupos de ayuda a víctimas de violencia de género y feministas, sobre todo de Recreo.

En este contexto, desde la querella, a cargo del abogado Ariel Salavarría, celebraron la decisión de la jueza pero consideraron que «en realidad, esto debería haber sido lo normal y trivial en un proceso penal, como lo es para cualquier imputado. Sí, debo manifestar cierto alivio por ver realizado el valor Justicia, dado que la fiscal Sobh tuvo el caso dos años casi, y más de un año estuvo en manos de la jueza, que no resolvía. Por todo esto, desde abril de 2028 mi clienta se siente violada y despreciada cada día que pasa».

Sostuvo además que «un hecho, que no es menor, es la gravedad de que funcionarias judiciales mujeres no le crean a la mujer que denuncia un abuso sexual. No pido nada vengativo o antimachismo, solo se trata de justos».

Sobre el fallo remarcó que «es bueno para restaurar la imagen de la Justicia ante la sociedad y prueba que desde la querella estamos en lo cierto. Y la muestra de ello son las dos sentencias en contra de lo que supuestamente era la verdad de su defensa y la mentira e ignorancia de mi mala intención o mezcla de objetivo político».

En su fallo, la jueza ordena que el expediente sea remitido nuevamente a Sobh, a quien instó a «continuar la investigación a fines de no vulnerar la normativa (….) que protege a las mujeres víctimas de violencia en todas sus manifestaciones».

«Exhorto a la agente fiscal, que debe tener en cuenta la amplitud probatoria en los procesos donde se sustancian causas de violencia contra la mujer, actuando con la debida diligencia que le es exigible a los fines de dar cumplimiento a uno de los mandatos fundamentales de la Convención de Belén Do Pará», ya que «queda claro el criterio de la (jueza), de no compartir con la desestimación y archivo que pretende la agente fiscal, sin una mirada de género, que a los operadores judiciales es una exigencia».

Además, Pérez rechazó el pedido de desestimación y archivo realizado por Sobh, porque no contempló los resultados de una batería de pericias realizadas a la víctima. «Estas valoraciones de profesionales se deben tener en cuenta a los fines de valorar con perspectiva de género, porque nos encontramos ante un hecho producido en un contexto de violencia de género, y dentro de cuatro paredes, cuyos únicos testigos son sus (hijas). De allí que cobra importancia la amplitud de las medidas probatorias que se le reconocen en los procesos judiciales a las mujeres víctimas de estas situaciones», resaltó.

 

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