El Tribunal Oral Federal 8 sobreseyó a todos los imputados y no habrá juicio.
El Tribunal Oral Federal N° 8 resolvió hoy por unanimidad sobreseer a la vicepresidenta Cristina Kirchner y otros procesados en la causa que investigaba la firma del Memorándum con Irán como posible acto de encubrimiento del atentado a la AMIA.

El tribunal integrado por los jueces María Gabriela López Iñíguez, Daniel Obligado y José Michilini, sobreseyó también al actual procurador del Tesoro, Carlos Zannini, y al senador Oscar Parrilli, en una medida que alcanzó además al fallecido ex canciller Héctor Timerman.

Los jueces analizaron los argumentos de las partes y, ante la prueba expuesta en las audiencias orales y públicas concluyeron que «el Memorandum de entendimiento con Irán, más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito».

Asimismo, la resolución incluyó a Eduardo Alberto Zuain, Angelina María Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis Ángel D’Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado.

«El Memorándum de entendimiento con Irán más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito (…) No hay ningún elemento directo que de manera contundente nos haga pensar que tal temperamento fue más allá de una decisión política para convertirse en un acto de encubrimiento”. Con esa afirmación categórica el Tribunal Oral Federal 8 (TOF8) puso fin a una de las más emblemáticas causas armadas y ordenó el sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner y de todos los imputados que habían sido acusados en un comienzo por el fallecido fiscal Alberto Ninsman y luego por la DAIA.

La jueza María Gabriela López Iñíguez y los jueces Daniel Obligado y Juan Michilini consideraron en forma unánime que no hay motivos para hacer un juicio. Dieron la razón a las defensas con argumentos en la misma línea que había utilizado el juez federal Daniel Rafecas cuando decidió archivar el caso el 26 de febrero de 2015, poco después de la primera denuncia, que fue reabierta al año siguiente por la Cámara de Casación Penal y extendió sus efectos políticos hasta ahora. También señalaron que está fuera de duda que las visitas de los jueces de Casación Gustavo Borinsky y Gustavo Hornos «afectaron la imparcialidad e independencia del juez natural», aunque no fue el argumento decisivo para derribar el expediente.

“Desde que el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán no entró en vigencia y desde que nunca existió entre la República Argentina y la República Islámica de Irán un estado de guerra, es posible deducir que ninguna de las conductas aquí enrostradas son susceptibles de encuadrarse en las figuras de traición”, dice la resolución.

Ni traición a la patria, como intentó adjudicar el fallecido juez Claudio Bonadío, igual que familiares de AMIA aliados con la DAIA –hoy querellantes– ni encubrimiento de los iraníes sospechosos del ataque terrorista, como imputó desde un comienzo Nisman. Según el TOF8 no hay nada de eso, tal como desarrollaron en las audiencias orales las defensas y, en particular, los abogados Marcos Aldazábal, que representa al viceministro de Justicia, Juan Martín Mena, y Aníbal Ibarra, letrado del senador Oscar Parrilli.

 

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