EL REGIONAL AMATEUR DEBERÍA EMPEZAR EL 29 DE NOVIEMBRE
Protagonistas y dirigentes deben llenar una declaración jurada asegurando no tener síntomas de COVID-19.
Luego de que la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) autorizara el regreso de los torneos Federales del ascenso y que estipulara como fecha de reinicio del Torneo Regional Federal Amateur para el próximo 29 de noviembre, ahora desde el máximo organismo dieron a conocer el protocolo que deberán cumplir los clubes para el desarrollo de los partidos.
Como representantes de Catamarca confirmaron su continuidad San Martín de El Bañado y San Lorenzo de Alem.
A continuación, algunos de los puntos de una extensa lista que deberán cumplir:
Para la competencia – Consideraciones generales:
a) Prohibición para jugadores y oficiales de escupir y sonarse la nariz antes, durante y después del partido en el área de competición (campo de juego, banco de suplentes).
b) Prohibición para jugadores y oficiales de besar el balón antes, durante y después del partido.
c) Obligatoriedad para jugadores y oficiales de usar botellas individuales de agua o bebidas isotónicas.
d) Prohibición de intercambiar/regalar camisetas o cualquier otra parte de la indumentaria con los rivales, compañeros del mismo equipo o cualquier otra persona.
Consideraciones generales para el inicio de los partidos:
Los siguientes requisitos deberán ser cumplidos antes de los partidos:
a) Para poder realizar la competencia los jugadores, cuerpo técnico, personal y dirigentes de los clubes deben llenar una Declaración Jurada de no cursar síntomas relacionados al COVID-19, la que deberá ser elevada por el Club a la AFA.
En el caso de los clubes de la Liga Profesional de Fútbol, aquélla será realizada en formato digital (Google Forms), la cual será tomada como Declaración Jurada. Los clubes deberán conservar los resultados de cada encuesta y presentarlos a la LPF por el sistema SIC.
b) Todo personal que ingrese en Zona 1 debe realizarse el test para detección de COVID-19 con resultado negativo, con un máximo de 36 horas de antelación al partido. A su vez, el mencionado personal deberá llenar una Declaración Jurada de no cursar síntomas relacionados al COVID-19, la que deberá ser elevada por el Club a la AFA.
En el caso de los clubes de la Liga Profesional de Fútbol, será realizada por cada Club en formato digital (Google Forms), la cual será tomada como Declaración Jurada.
c) Cada equipo deberá presentar los resultados ante las autoridades que AFA/LPF definan, con la firma del médico del plantel y una autoridad firmante del club.
d) Cada club debe garantizarse el suministro de desinfectantes, incluidos dispensadores de desinfectantes para sus respectivos vestuarios.
e) Las instalaciones, áreas, espacios, equipamientos de trabajo y deportivos que se utilizarán antes, durante y después de partido, deberán desinfectarse de acuerdo con los protocolos emitidos.
f) Minimizar al máximo posible el uso de los vestuarios antes y después del partido. En el caso de su utilización se recomienda la utilización de tapaboca, distanciamiento social, ventilación e higiene de aquéllos.
g) La medición de la temperatura deberá ser realizada por una persona designada por el club local, y de lo cual se tomará nota.
h) Todas las personas deben estrictamente tener conocimiento de las medidas de higiene indicadas por las autoridades pertinentes.
i) Cada club es responsable de garantizar que las medidas de higiene se implementen y respeten. Su incumplimiento es pasible de sanción disciplinaria.
j) Con respecto a los árbitros, el Departamento de Árbitros de la AFA será responsable de garantizar que se apliquen y respeten las normas de higiene.