AYER A LA SIESTA SALIÓ DEL HOGAR WARMI
Fue condenada por “homicidio con atenuantes”, pero la Corte Suprema ordenó que se dicte un nuevo fallo.
Ana María salió del Hogar Warmi sin vergüenza. En horas de la siesta recibió la notificación que desde hacía casi un mes estaba esperando. La Corte de Justicia de Catamarca ordenó su inmediata libertad.
Desde hacía cinco años y seis meses, Ana María estaba privada de la libertad y con ella, sus dos pequeñas niñas.

En octubre de 2016, su pareja la agredió. No era la primera vez que lo hacía. De hecho, lo había denunciado anteriormente por violento pero sus denuncias no tuvieron respuesta. Lo roció con alcohol y le prendió fuego. “Es todo mi culpa. Dios me castigó. Por eso no la voy a denunciar”, había expresado su pareja, mientras era trasladada al Hospital San Juan Bautista. Tres días después falleció.

En un primer momento, su abogada defensora, quien estuvo en la etapa de instrucción, fue María Carrizo –hoy secretaria de Mujeres, Diversidad y Género. Luego, Iván Sarquís la defendió en el debate, junto con Alejandro Bosio. “Yo solo quería asustarlo, que se vaya y que no me siga pegando”, declaró Ana María. Sin embargo, en septiembre de 2018 fue condenada a la pena de 12 años, tras haber sido hallada culpable en el delito de “homicidio calificado por mediar una relación de pareja preexistente y atenuado por mediar circunstancias extraordinarias”.

Su defensa casó el fallo y aunque la Corte de Justicia de Catamarca confirmó la sentencia de Cámara, concedió un recurso extraordinario para que Ana María pueda casar el fallo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). El pasado 16 de abril, como primera medida, declaró procedente el recurso extraordinario y “se deja sin efecto la sentencia apelada con los alcances que surgen de la presente”. En este contexto, la CSJN citó como antecedente el caso de “Cecilia”, condenada por la Cámara Penal de Primera Nominación de Catamarca en 2008 después de haber sido hallada culpable del delito de “homicidio simple”.

“Según el requerimiento de citación a juicio, aquella había matado de un puntazo a su concubino. En el remedio federal, la defensa sostuvo que pese a haber descartado la legítima defensa en función de los dichos de testigos, de manera contradictoria, reconocieron que las fotografías incorporadas a la causa y un informe médico daban cuenta de las lesiones que presentaba la imputada”, advirtió en el precedente.

En esta instancia, la defensora penal oficial Mariana Vera tomó la posta. De esta manera, solicitó la inmediata liberación (aunque de manera provisoria), al considerar que con este fallo cesaba la prisión preventiva que obraba sobre Ana María. Ayer fue notificada de la buena nueva y de las pautas de conducta a cumplir. Ahora, con el expediente en la Corte de Justicia, deberá conformar un nuevo tribunal para el dictado de la sentencia.

Año tras año

En 2013, Ana María denunció a su pareja por violenta pero no tuvo respuesta del Estado.

En octubre de 2016, ella regresó de trabajar y su pareja la agredió. Ella, para defenderse, la roció con alcohol y le prendió fuego.

En septiembre de 2018, fue condenada a 12 años de prisión. Pese a la condena, mantenía la prisión domiciliaria hasta tanto el fallo quedara firme.

En abril de 2019, la Corte de Justicia catamarqueña confirmó la sentencia de Cámara. Sin embargo, concedió el recurso extraordinario.

En enero de 2020, ante la falta de recursos para sostenerse y con dos niñas pequeñas a su cargo, Ana María y sus hijas fueron alojadas en el Hogar Warmi.

El 16 de abril, la CSJN resolvió dejar sin efecto la sentencia condenatoria y que se dicte un nuevo fallo.

 

 

 

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